El Pleno del Instituto Veracruzano de Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IVAI) exigió a la Secretaría de Salud y Secretaría de Educación de Veracruz confirmar la respuesta a la solicitud de transparencia y/o emitir una nueva resolución al carecer de argumentos sólidos, falta en el requerimiento de resolución y/o confirmar la respuesta en el formato establecido.
Durante el desahogo de la sesión pública extraordinaria, celebrada la tarde de este miércoles, el Pleno del IVAI resolvió 69 recursos de revisión, 36 Denuncias de Incumplimiento de Obligaciones de Transparencia (DIOTs), cuatro expedientes de Verificación Oficiosa y una Investigación por Presunta Vulneración de Datos Personales.
En el desglose de los 111 expedientes presentados por las tres ponencias, 69 corresponden a resoluciones de Recursos de Revisión dirigidos a igual número de ayuntamientos.
La Ponencia III del Comisionado José Alfredo Corona Lizárraga consideró que la Secretaría de Salud de nueva cuenta incurrió en responder de manera inadecuada una solicitud de transparencia sobre la Interrupción Legal del Embarazo.
En ese sentido, la Secretaría de Salud se le solicitó establecer el nivel educativo de la usuaria, ocupación, profesión o situación laboral, lugar de residencia, estado civil, religión, nacionalidad, discapacidades, entre otros datos más, sobre las interrupciones legales del embarazo por libre elección.
El expediente IVAI-REV/1574/2023/111 se expuso que el sujeto obligado maximizó el derecho de acceso del particular, atendiendo la respuesta de manera parcial y proporcionando un vínculo electrónico para la consulta y descarga de la información requerida.
Sin embargo, fue rechazada por el solicitante, exponiendo que no se advirtió el vínculo remitido, lo que motivó que interpusiera el medio de impugnación en contra de la respuesta remitida, al señalar que no le fue entregada en la modalidad solicitada, es decir, en archivo digital Excel.
Corona Lizárraga expresó que la Secretaría de Salud debe de confirmar la respuesta, toda vez que garantizó a cabalidad el derecho de acceso del ciudadano al remitirle la información requerida y en el formato solicitado.
Por otra parte, en cuanto al expediente IVAI-REV/1732/2023/I interpuesto contra la Secretaría de Educación de Veracruz, se estableció que toda la documentación de una Institución Educativa debe de acreditar sus operaciones, ya que se solicitó información sobre un centro educativo.
Dicho expediente, correspondiente a la Ponencia I de la comisionada Naldy Patricia Rodríguez Lagunes, que estableció revocar la respuesta otorgada a solicitud, toda vez que la Secretaría de Educación emitió como respuesta final un requerimiento en el que debía ampliar los datos de la solicitud, es decir, debe especificar la clave del centro de trabajo, para estar en posibilidades de dar respuesta a la solicitud.
Esto es con la finalidad que se visualice que el centro educativo cumple con los requisitos establecidos en la normativa que lo rige, ya que no sólo dará al solicitante la certeza de que la institución escolar proporciona educación de calidad, sino que también es un centro educativo que cumple con sus obligaciones legales y por ende, sus actividades se encuentran apegadas a los principios de “Legalidad y transparencia”.
El titular de la Dirección de Asuntos Jurídicos, Carlos Martín Gómez Marinero, dio cuenta de 36 proyectos de resolución, que en su totalidad comprenden 38 expedientes de denuncia por incumplimiento a las obligaciones de transparencia correspondientes al año 2023.
En principio, se da cuenta con 23 proyectos que comprenden 25 expedientes radicados en las ponencias I, II y III, identificados con los números IVAI-DIOT/445/2023/I, IVAI-DIOT/446/2023/II, IVAI-DIOT/448/2023/I, IVAI-DIOT/450/2023/III, IVAI-DIOT/451/2023/I, IVAI-DIOT/452/2023/II, IVAI-DIOT/453/2023/III, IVAI-DIOT/455/2023/II, IVAI-DIOT/456/2023/III, IVAI-DIOT/458/2023/II, IVAI-DIOT/460/2023/I, IVAI-DIOT/461/2023/II, IVAI-DIOT/463/2023/I, IVAI-DIOT/464/2023/II, IVAI-DIOT/465/2023/III, IVAI-DIOT/466/2023/I, IVAI-DIOT/467/2023/II, IVAI-DIOT/468/2023/III, IVAI-DIOT/469/2023/I (y dos acumulados IVAI-DIOT/470/2023/I e IVAI-DIOT/471/2023/I), IVAI-DIOT/473/2023/II, IVAI-DIOT/474/2023/III, IVAI-DIOT/479/2023/II e IVAI-DIOT/486/2023/III.
Dichos expedientes fueron integrados con motivo de las denuncias por incumplimiento a la publicación de obligaciones de transparencia presentadas en contra de los ayuntamientos de Chontla, Chumatlán, Coahuitlán, Colipa, Cosamaloapan, Cosoleacaque, Coyutla, Espinal, Filomeno Mata, Ixcatepec, Ixhuatlán del Sureste, Ixmatlahuacan, Ixtaczoquitlán, Jalacingo, Jamapa, Jilotepec, Juchique de Ferrer, Lerdo de Tejada, Mecayapan, Oteapan, San Rafael y Tempoal, así como el Sindicato de Trabajadores al Servicio de la Comisión Municipal de Agua Potable y Saneamiento de Minatitlán, Veracruz.
También se dio cuenta con cinco proyectos que comprenden por igual número de expedientes radicados en las ponencias I, II y III, identificados con los números IVAI-DIOT/449/2023/II, IVAI-DIOT/457/2023/I, IVAI-DIOT/459/2023/III, IVAI-DIOT/475/2023/I y IVAI-DIOT/476/2023/II, con motivo de las denuncias por incumplimiento a la publicación de obligaciones de transparencia presentadas en contra de los ayuntamientos de Coatzintla, Hidalgotitlán, Ilamatlán, Medellín de Bravo y Nautla.
En tercer lugar se da cuenta con ocho proyectos que comprenden por igual número de expedientes radicados en las ponencias I, II y III, identificados con los números IVAI-DIOT/424/2023/I, IVAI-DIOT/444/2023/III, IVAI-DIOT/454/2023/I, IVAI-DIOT/462/2023/III, IVAI-DIOT/472/2023/I, IVAI-DIOT/477/2023/III, IVAI-DIOT/480/2023/III y IVAI-DIOT/497/2023/II con motivo de las denuncias por incumplimiento a la publicación de obligaciones de transparencia en contra de los ayuntamientos de Camerino Z. Mendoza, El Higo, Ignacio de la Llave, Ixhuatlancillo, La Antigua, Ozuluama, Perote y Texcatepec.
Dichos proyectos se declararon infundadas las denuncias, porque contrario a lo señalado por los denunciantes, sí se advirtió de la publicación de la información acorde a los Lineamientos Técnicos Generales, aplicables a la fracción objeto de denuncia.
También se da cuenta al Pleno con cuatro proyectos de acuerdo de incumplimiento que corresponde a los expedientes de verificación oficiosa IVAI-VEOFI/04/2023, IVAI-VEOFI/10/2023, IVAI-VEOFI/71/2023 y IVAI-VEOFI/79/2023 del año 2023 relativos a los sujetos obligados ayuntamientos de Amatlán de los Reyes, Aquila, Ixcatepec y Tlalixcoyan.
Finalmente se da cuenta de un expediente de Investigación por Presunta Vulneración de Datos Personales con número de expediente IVAI-INVS/05/2023, relativo al sujeto obligado, Instituto de Policía Auxiliar y Protección Patrimonial para el Estado de Veracruz.
De acuerdo con lo establecido por los artículos 32, último párrafo, 252, fracción I, y 257 de la Ley de Transparencia del Estado de Veracruz, se propuso al Pleno del IVAI que se sancione la conducta con la amonestación pública, siendo innecesario realizar la individualización de la sanción en virtud de que constituye la pena mínima.