El 25 de Septiembre entra en vigor la Carta de Porte 3.0

Nacional

Con fecha 25 de septiembre de 2023, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) da conocer la versión 3.0 del Complemento Carta Porte (CCP) del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), también conocido como Carta de Porte Digital

La nueva versión de la carta de porte digital contiene diversos cambios importantes tanto en su estructura, datos de identificación, especificidad de información de sustancias controladas, datos de comercio exterior, etc.

El análisis completo y detallado de los cambios está disponible en el artículo “Lanza SAT Complemento Carta Porte versión 3.0”, publicado el 25 de septiembre de 2023.

Indefinición de vigencia
Una de las dudas más importantes que ha generado la publicación de esta nueva versión es, precisamente, hoy su fecha de entrada en vigor, puesto que ninguna parte de la documentación técnica ni de la página del SAT se hace mención a este respecto.

Como parte de los cambios se agregan una serie de catálogos con información definida para llenar algunos de los nuevos campos requeridos en el CCP. Algunos de esos catálogos están previstos iniciar su vigencia el 25 de octubre de 2023, mientras que otros aparecen como “por definir” en su fecha de entrada.

Vigencia de los cambios del CCP
Aunque en la página del SAT no se especifica la fecha de entrada en vigor del nuevo CCP versión 3.0, siguiendo lo establecido en el quinto párrafo del Artículo 31 del Código Fiscal de la Federación (CFF):

Los formatos o herramientas electrónicas a que se refiere el primer párrafo de este artículo se darán a conocer en la página electrónica del Servicio de Administración Tributaria, las cuales estarán apegadas a las disposiciones fiscales aplicables y su uso será obligatorio siempre que la difusión en la página mencionada se lleve a cabo al menos con un mes de anticipación a la fecha en que el contribuyente esté obligado a utilizarlas.

Atendiendo a esta disposición, el inicio de esta nueva versión sería el 25 de octubre de 2023, lo cual va en línea con la vigencia marcada en algunos de los nuevos catálogos.

En estes mismo sentido, se anticipa que algunos de los nuevos datos serán obligatorios en fecha posterior, cuando en el catálogo correspondiente se establezca.

Faltará que la autoridad emita algún proyecto de modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal 2023, para definir con mayor claridad la fecha de entrada.

Por lo pronto, es importante que los programadores y desarrolladores comiencen cuanto antes a procesar los cambios, pues es práctica conocida que la autoridad fiscal no otorga mucho tiempo para realizar e implementar los cambios.

Razonabilidad
Los cambios que presenta la versión 3.0 no son menores y requieren de un tiempo razonable de programación, periodo de pruebas e implementación, y el día de hoy existen aún muchas dudas sobre los nuevos datos que se solicitan en el CCP, por lo que un plazo de un mes para desarrollar estos cambios no parece razonable.

Será conveniente que la autoridad se pronuncie a este respecto para dar seguridad jurídica a los contribuyentes, y esperando otorgue un plazo razonable y adecuado para poder llevar a cabo todas estas tareas, sobre todo considerando que ya se tiene más de 1 año trabajando en la versión 2.0 de este documento, y que, no obstante ese plazo, la industria aún presenta deficiencias en el avance desde complejo proyecto.

Convivencia de versiones
En procesos anteriores de cambios de versión se presentaba la convivencia de versiones; es decir, la entrada en vigor de una nueva versión no significaba la terminación de la versión anterior, sino que ambas convivían durante un periodo razonable, lo cual facilitaba la transición. Entre otros casos, esto se dio en cambio de versión de CFDI 2.2 al 3.2, por mecionar sólo un ejemplo.

Actualmente está transcurriendo el denominado “periodo de gracia” de la carta de porte el cual termina el 31 de diciembre de 2023, plazo en el cual los contribuyentes pueden emitir el CCP sin ser sancionados por los errores que pueda contener, pero sí es necesario y obligatorio emitir este documento. Dado que aún está transcurriendo este periodo para la versión 2.0, la lógica indicaría que la versión 3.0 no sería sancionada durante ese plazo; sin embargo, no hay ninguna regla, disposición o pronunciamiento de la autoridad que dé certeza en ese sentido, de ahí la urgencia de que la autoridad emita tanto reglas que aclaren el nuevo funcionamiento del CCP, como los plazos que tiene proyectados para el inicio de su utilización.

Especial
Toda la documentación técnica del CCP 3.0 está disponible en el Especial de Fiscalia Complemento Carta Porte (CFDI) – Cobertura especial sobre documentación técnica, marco jurídico e implementación de la nueva Carta de Porte.

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