El pleno de la Cámara de Diputados aprobó con 466 votos a favor, uno en contra y 27 abstenciones, el dictamen para disminuir los montos máximos de las multas que el Instituto Nacional Electoral (INE) impone a los partidos políticos por anomalías en su desempeño, con lo que la reducción será de hasta 50 por ciento a su financiamiento mensual según la gravedad de la falta, tope que fue modificado para que únicamente llegue al 25 por ciento.
La iniciativa presentada por el morenista Sergio Gutiérrez Luna modifica la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, así como de la Ley de Partidos Políticos en el artículo 456.
Los diputados de Movimiento Ciudadano votaron en abstención, así como el voto en contra de la morenista Inés Parra, quienes no apoyaron el dictamen presentado por Gutiérrez Luna, que beneficia a todos los partidos.
En su exposición el diputado de Morena Sergio Gutiérrez manifestó que el dictamen a discusión tiene entre sus principales objetivos garantizar que los partidos políticos cuenten con el financiamiento público suficiente para cumplir con sus fines constitucionales y, con ello, promover la participación del pueblo en la vida democrática.
En tanto, la morenista, Hirepan Maya aseguró que con esto no se busca excusar a los partidos sobre las sanciones que se les puedan imputar o implicar, sino que el fin es “dejar de lado esta visión tan inquisitorial y tan estricta por parte del Instituto Nacional Electoral y de los tribunales electorales de nuestro país.
La discusión del dictamen que viene de la Comisión de Reforma Política-Electoral, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 456 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, y 23 de la Ley General de Partidos Políticos, en materia de discusión de montos por infracciones.
En el artículo 456 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, señala que las infracciones serán sancionadas conforme: “respecto de los partidos políticos…”, el texto señalaba “según la gravedad de la falta, con la reducción de hasta 50 por ciento de las ministraciones del financiamiento público que les corresponda, por el periodo que señale la resolución”. Ahora solo será del 25 por ciento.
“El monto total de la reducción y/o retención de la ministración mensual del financiamiento público para actividades ordinarias permanentes derivada de sanciones, multas, descuentos, remanentes u otros conceptos, no podrá exceder el 25 por ciento de la ministración mensual que corresponda, con excepción de las infracciones referidas en el párrafo anterior”.
Y en el Artículo 23 de la Ley General de Partidos Políticos, señala en el inciso D que “la Autoridad electoral no podrá reducir y/o retener más del 25 por ciento de la ministración mensual del financiamiento público ordinario que les corresponde de sanciones, multas, descuentos, remanentes u otros conceptos; salvo lo previsto en el segundo párrafo de la fracción III, inciso a) del numeral 1, del artículo 456 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales”.