Caro Quintero obtiene suspensión contra presuntos actos de incomunicación o aislamiento

Nacional

El Juez Octavo de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales del Estado de México, José Fernando García Quiroz, desechó una de las demandas luego de que Caro Quintero se negara ratificarla.

Un juzgado federal desechó por notoria improcedencia una demanda de amparo promovida a nombre del narcotraficante Rafael Caro Quintero y admitió a trámite un recurso adicional presentado por un abogado particular que reclama la incomunicación del capo sinaloense, por lo que se le otorgó una suspensión de plano para que pueda comunicarse con sus abogados y para que cesen, en caso de existir, los actos de incomunicación y tortura que alegan sus defensores.

Ambas demandas de amparo se encuentran radicadas ante el Juez Octavo de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales del Estado de México, José Fernando García Quiroz, y se suman a otras cuatro impugnaciones que se ha presentado a favor de Caro Quintero en otras entidades federativas del país.

De acuerdo con el expediente 1139/2022, desde el pasado 20 de junio, un abogado particular promovió ante los juzgados federales una demanda de amparo contra la extradición inmediata de Caro Quintero, pero el sinaloense nunca la ratificó, por lo que este jueves se emitió el acuerdo para desechar el amparo de forma definitiva.

Por lo que respecta a la demanda de amparo con número de expediente 1182/2022, el juez García Quiroz la admitió a trámite y concedió la suspensión de plano para el efecto de que cese la incomunicación en caso de existir, así como cualquier otra conducta que esté prohibida por el artículo 22 constitucional y que pudiera pone en riesgo la vida de Rafael Caro Quintero como “la segregación, aislamiento, cautiverio con tormentos físicos y psicológicos, malos tratos, abuso de autoridad, tortura y lesiones”.

El juicio de amparo fue presentado apenas el pasado 2 de agosto y fue ratificado por Caro Quintero en el Centro Federal de Prevención y Reinserción Social “Altiplano” apenas este miércoles 3 de agosto.

Debido a que la incomunicación y la tortura están prohibidos por la Constitución, el juez de la causa concedió a Caro Quintero una “suspensión de plano” contra la presunta “incomunicación, segregación, aislamiento, cautiverio con tormentos físicos y psicológicos, malos tratos, abuso de autoridad, tortura y lesiones” que ponen en riesgo la vida del quejoso.

Para desvirtuar dichos señalamientos, la Fiscalía General de la República y las autoridades penitenciarias deberán entregar al juez de la causa un informe justificado y constancias de la atención médica que ha recibido Caro Quintero desde que ingresó al centro penitenciario.

Cabe señalar que en el Juzgado Primero de Distrito en Materias de Amparo y Juicios Federales del Estado de México se encuentra radicado otro amparo a nombre de Caro Quintero, en el cual ya se le otorgó la suspensión indefinida contra un eventual proceso de extradición.

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