Para el emplacamiento de tu carro después de la fecha establecida.
De acuerdo con el portal de internet de la Secretaría de Finanzas y Planeación (Sefiplan) los contribuyentes que sus placas fueron emitidas en 2011 o años previos tienen que realizar su canje obligatoriamente, mientras que las placas con bordes gris y azul del 2017 el canje es voluntario.
Debido a que el programa ya concluyó las personas que decidan reemplacar durante los próximos días de enero deberán pagar el 100 por ciento, aunado a esto el derecho vehicular o si tu auto lo requiere el costo del derecho de baja, el de impuesto sobre la adquisición de vehículos automotores usados (ISAVAU), de la reexpedición de la tarjeta de circulación.
Además del impuesto sobre la tenencia, sus recargos, actualizaciones, multas y honorarios, los recargos, actualizaciones, multas y honorarios de derechos de control vehicular que se hayan causado durante los ejercicios fiscales 2017, 2018, 2019, 2020, 2021 y 2022, si es que no se pagó a tiempo durante esos años.
Los requisitos que debes presentar son:
- Identificación oficial vigente.
- Comprobante de domicilio del estado de Veracruz original y no mayor a dos meses a nombre del contribuyente, en caso de no estar a nombre del contribuyente, anexar la leyenda “Hago constar que el C.___ vive en este domicilio y adjuntar copia de identificación oficial vigente con fotografía.
- Factura original a favor del contribuyente o documento de adjudicación.
- Constancia de inscripción en REPUVE, la puedes obtener en el siguiente enlace http://www2.repuve.gob.mx:8080/ciudadania/consulta/. La constancia no debe ser mayor a 24 horas.
- Presentar comprobante de pago del Canje de Placas (2022) y de los derechos de control vehicular del ejercicio fiscal vigente.
- Devolución de la tarjeta de circulación. En caso de extravío presentar Constancia de No Infracción Estatal y Acta de extravío o robo expedida por el Ministerio Público o Fiscalía General del Estado.
- • Devolución de las placas (delantera y trasera). En caso de extravío o pérdida, presentar Acta de extravío o robo expedida por el Ministerio Público o Fiscalía General del Estado.
Para más información puedes consultar la página de la Oficina Virtual de Hacienda.
mb