Por poca participación, TEPJF declara inválido el proceso de Revocación de Mandato

Nacional

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) declaró, la tarde del miércoles 27 de abril de 2022, como inválida la consulta de Revocación de Mandato.

La determinación del TEPJF se produjo después de que el ejercicio no alcanzara el 40% de la participación ciudadana, tal y como lo exige la Constitución para que tenga efecto.

“No hay lugar a emitir la declaratoria de validez del proceso de Revocación de Mandato del titular del Poder Ejecutivo Federal electo para el periodo constitucional 2018-2024, al no haberse alcanzado el porcentaje mínimo de participación exigido por la Constitución”, señaló el magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón para dar por concluida la sesión de este día.

Dio a conocer el cómputo oficial y definitivo de los votos recibidos en la revocación de mandato.

  • El 6.44% (1 millón 63 mil 209 ciudadanos) votó porque se revoque el mandato por pérdida de la confianza al presidente López Obrador.
  • El 91.86% (15 millones 159 mil 323 ciudadanos) votó porque siga en la Presidencia
  • El 1.70% (280 mil 104) fueron votos nulos

Los magistrados electorales desecharon los 12 juicios de inconformidad que interpusieron los partidos de oposición porque pedían recuento de votos, anularlos y declarar la invalidez del ejercicio.

Pero como de cualquier forma, no se declaró válido por no alcanzar el 40% de participación, las demandas de los inconformes no lograrían ningún efecto legal.

Por su parte el PT impugnó el acuerdo de cómputo de votos que hizo el INE pero el TEPJF no le dio la razón.

Y también desechó una impugnación que promovió el presidente López Obrador en contra del acuerdo final del INE, pero los magistrados electorales determinaron que carece de interés jurídico y legitimidad para demandarlo.

El Magistrado presidente Reyes Rodríguez aclaró que no habrá impunidad porque se dio vista para que otras instancias continúen las investigaciones y en su caso apliquen las sanciones que procedan.

El tribunal ordenó notificar personalmente de su resolución al presidente Andrés Manuel López Obrador.

Además, notificará por oficio, al Congreso de la Unión, por conducto de las Presidencias de las mesas directivas de las Cámaras de Diputados y de Senadores.

Con información del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación

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